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Diez millones de personas que trabajan en el Valle de México, a diario dedican en promedio 3 horas en transportarse. Si estos 30 millones de horas diarias se trabajaran y se pagasen en 50 pesos la hora (salario promedio por hora que tienen los empleados en el Valle de México), significaría una erogación de 547,000 millones de pesos.

Esta cifra es idéntica al monto que el Gobierno Federal ha establecido como meta para invertir en infraestructura como promedio anual a partir de 2012.

 

La necesidad de viajar durante tanto tiempo a sus destinos laborales, se explica en buena medida por dos situaciones: la lejanía en la oferta de nueva vivienda (71% del total de las casas nuevas construidas en México entre 2000 y 2009 se realizaron en el Estado de México); y 47% de las fuentes de empleo formal que se encuentran concentradas en tres Delegaciones del Distrito Federal: Cuauhtémoc, Miguel Hidalgo y Benito Juárez.

Esta realidad invita a reconsiderar las tendencias flexibilizadoras ya aplicables en otros países, como el llamado home office, que permite al empleado desarrollar algunos o todos los días de su semana laboral desde su hogar, o desde otro sitio distinto a su oficina, explotando los recursos tecnológicos para cumplir las labores encomendadas.

Por increíble que parezca, nuestra Ley Federal del Trabajo, con casi 40 años de antigüedad y poco cambios relevantes, reconoce en forma incipiente y por motivaciones iniciales diversas a las planteadas en este artículo, dicha modalidad bajo la denominación de “trabajo a domicilio” (artículos 311 y siguientes). Por lo anterior, es viable, partiendo de este marco legislativo, estructurar desde el punto de vista jurídico laboral un esquema para el home office.

El trabajo a domicilio no es para todo tipo de empleados ni para todo tipo de trabajos, por ello debe evaluarse con detenimiento el tipo de labores compatibles con estas tendencias laborales, la asignación, uso y mantenimiento de instrumentos y/o materiales de trabajo como equipo de cómputo, Internet, telefonía celular, etcétera. Igualmente, deben documentarse puntualmente las obligaciones de las partes (empleador y trabajador). Te sugerimos algunas recomendaciones si deseas poner en marcha un programa de home office.

+Definir el objetivo de implementar un programa de Home Office. Las estrategias en Recursos Humanos han dejado de ser simples ideas románticas o idealistas, hoy deben generar rentabilidad a los negocios, entonces empecemos por definir qué pretendemos al poner en marcha un programa de este tipo: ¿Aumentar la productividad? ¿Reducir gastos? ¿Evitar rotación? ¿Mejorar calidad de vida?

+Asumir Métricas. Definido el objetivo, elijamos las métricas para comparar el antes y después. Cada negocio es diferente, pero las métricas pueden ser: horas facturadas, rotación, incapacidades por estrés, reducción de gastos como luz, renta, estacionamiento, etcétera.

+Elegir los puestos y el perfil del participante. Existen funciones donde la presencia es indispensable, esas posiciones no serán sujetas al programa. Después, hay que considerar si la persona que ocupa el puesto es apta para trabajar desde casa; debemos encontrar por lo menos orientación a resultados, cumplimiento de fechas límite y automotivación.

+Documentar el nuevo esquema con los trabajadores involucrados. No dejes de consultar a tu abogado laboral para definir el marco legal, puede ir desde una carta hasta un anexo especial al contrato individual de trabajo. Ha de vigilarse que estos esquemas se encuentren convenidos entre las partes, y haya consentimiento previo y por escrito del trabajador, o puede argüirse una modificación unilateral de las condiciones de trabajo, y en consecuencia una responsabilidad patronal.

+Arrancar un plan piloto con un grupo, preferentemente voluntario. Vale la pena no involucrar desde el inicio a empresas completas sin haber efectuado algunas pruebas que permitan conocer si el esquema es compatible con la compañía.

Fuente: www.mundoejecutivo.com.mx  (Mujer Ejecutiva / Por Jorge Sales)

Publicado por: TuDecides.com.mx
Edición: Adrián Soltero
Contacto: dir@tudecides.com.mx

Nota: Por lo general todos los artículos cuentan con fuente y autor del mismo. Si por alguna razón no se encuentra, lo hemos omitido por error o fue escrito por la redacción de TuDecides.com.mx.